Evita sanciones: adapta tu software contable a la Ley Antifraude antes de 2026

En FAR Asesores queremos mantenerte siempre informado sobre los cambios legislativos que pueden afectar a tu actividad profesional. Uno de los más relevantes en materia fiscal es la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, comúnmente conocida como la Ley Antifraude.

Desde su aprobación en 2021, la Ley Antifraude ha ido incorporando nuevas obligaciones para empresas y autónomos, entre ellas, una que cobra especial importancia de cara a los próximos meses: la utilización de sistemas informáticos de facturación y contabilidad certificados. Es decir, todos los autónomos y empresas estarán obligados a utilizar software que garantice la integridad, trazabilidad, accesibilidad e inalterabilidad de los registros contables y de facturación.

Esta medida tiene como principal objetivo erradicar el uso de los llamados programas de doble uso, es decir, aquellos que permiten llevar una contabilidad paralela no declarada. Hasta ahora, este tipo de herramientas ha sido una vía común para ocultar ventas y manipular los datos reales de facturación. Pero con la entrada en vigor de esta nueva regulación, su uso quedará totalmente prohibido y será objeto de importantes sanciones.

¿Cuándo entra en vigor esta obligación?

  • 1 de julio de 2025 para desarrolladores, fabricantes y comercializadores de software.
  • 2026 para empresas y autónomos usuarios de estos sistemas.

Es fundamental no confundir esta obligación con la facturación electrónica. Son normativas distintas: mientras la facturación electrónica se centra en el formato de las facturas, esta ley se refiere al sistema informático que utilizamos para generarlas y registrarlas.

Vigilancia activa por parte de la Agencia Tributaria

Durante 2025 y previsiblemente también en 2026, la Inspección de Hacienda pondrá especial atención en el uso de software contable y de facturación que no cumpla con los nuevos requisitos. El Plan Anual de Control Tributario ya ha establecido que una de las líneas de actuación será detectar y sancionar tanto a quienes utilicen como a quienes desarrollen o comercialicen software de doble uso.

Las sanciones no son menores:

  • Hasta 150.000 euros para fabricantes y comercializadores.
  • 50.000 euros para autónomos o empresas por el uso o tenencia de programas no certificados, por cada ejercicio fiscal afectado.

Además, se considerarán infracciones también los casos en los que se haya modificado un programa certificado para alterar sus funciones.

¿Qué indicios utiliza Hacienda para detectar irregularidades?

Uno de los factores que puede levantar sospechas es el uso elevado de dinero en efectivo. Aunque no es un indicio concluyente, sí puede, junto con otros factores, poner en marcha una investigación por posible contabilidad B.

En FAR Asesores recomendamos revisar cuanto antes el software que utilizas para asegurarte de que cumple con la nueva normativa y evitar así sanciones. Si necesitas ayuda para evaluar o cambiar tu sistema contable, no dudes en contactar con nuestro equipo. Estaremos encantados de asesorarte.

Cumplir con la normativa no solo evita sanciones, también refuerza la transparencia y la confianza en tu negocio.

Desde FAR Asesores, ponemos a su disposición un equipo profesional que pretende dar respuesta a sus cuestiones legales, fiscales y económicas. Por último, esta noticia está elaborada a través de un articulo del medio Autónomos y Emprendedores. Puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.

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