La Agencia Tributaria establece la obligación de declarar si se supera un límite de 15.000€ con la suma de los salarios provenientes de dos o más pagadores.
Con la mira puesta en cerrar el año 2023, muchos contribuyentes se preguntan si están obligados a declarar sus ingresos ante Hacienda. Esta inquietud es especialmente relevante para aquellos que han cambiado de empleo en el último trimestre. La Agencia Tributaria establece la obligación de declarar si se supera un límite de 15.000€ con la suma de los salarios provenientes de dos o más pagadores.
Hasta ahora, la cifra que marcaba la línea de exención para declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) era de 14,000 euros. Si un trabajador había tenido dos o más empleadores en un año fiscal, estaba obligado a declarar sus ingresos brutos anuales, incluso si no alcanzaba el mínimo establecido para un único pagador (22,000 euros). Sin embargo, de cara a la declaración de la Renta 2023, es fundamental tener en cuenta que este límite ha cambiado.
Conforme a la modificación de la Ley 21/2022, del 23 de diciembre, que recoge los Presupuestos Generales del Estado para el 2023, el límite exento ha aumentado a 15,000 euros. Un incremento de 1,000 euros con respecto al año anterior. Este cambio se ha motivado por la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que este año se ha establecido en 14 pagas, sumando un total de 15,120 euros.
Por lo tanto, si durante el año fiscal una persona ha obtenido ganancias económicas por encima de los 15,000 euros, y las cantidades recibidas por el segundo pagador superan los 1,500 euros, deberá realizar la declaración de la Renta 2023.
En el caso de tener más de un pagador en el mismo año fiscal, pero las cantidades recibidas por el segundo pagador no superan los 1,500 euros, no será obligatorio presentar la declaración ante la Agencia Tributaria.
¿Cuándo es obligatorio presentar la declaración de la Renta?
No solo deben declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aquellos trabajadores con dos o más pagadores en un mismo año fiscal. Existen otros casos en los que Hacienda también establece esta obligación:
- Cuando se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, a menos que estas últimas provengan de los padres por decisión judicial.
- Cuando se perciben rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
- Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
- Contribuyentes con rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales que superen los 1,600 euros anuales.
- Contribuyentes con rentas inmobiliarias, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, así como otras ganancias patrimoniales de ayudas públicas que superen los 1,000 euros.
En conclusión, es fundamental estar al tanto de las novedades fiscales para la declaración de la Renta 2023 y determinar si se está obligado a presentarla ante la Agencia Tributaria. Es aconsejable contar con el asesoramiento de un profesional en impuestos para asegurar un cumplimiento correcto y preciso de las obligaciones tributarias.
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