La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2021 dio comienzo el pasado 6 de abril y hasta el próximo 30 de junio cientos de miles de contribuyentes deberán presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio para saldar sus deudas fiscales con Hacienda.

Muchos contribuyentes tienen dudas sobre la posibilidad de obtener beneficios fiscales por los productos asociados a la hipoteca como el seguro del hogar.

Muchas ya han presentado sus declaraciones, pero para otros contribuyentes este proceso puede resultar más complejo y puede tener errores.

Por tanto, es necesario dedicarle el tiempo necesario para sacar el máximo provecho a las deducciones existentes.

Estas ayudas fiscales son variadas, lo que permite que miles de contribuyentes puedan aplicarse rebajas en la factura de la declaración, ya que existen una serie de gastos deducibles.

En este sentido, ¿es posible desgravar el seguro de hogar en la declaración de la renta?

La respuesta a estas preguntas es afirmativa.

La Agencia Tributaria explica que están incluidos en la base de la deducción por inversión en la vivienda habitual los gastos originados de dicha financiación. Entre ellos, están:

  • Los que se incluyen el coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios
  • Las cantidades abonadas anualmente como primas de los contratos de seguro de hogar, de incendios y de vida.

En este sentido, la base de la deducción está conformada por la cuantía que se haya destinado a la compra o rehabilitación de la vivienda, junto con los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquiriente.

Sin embargo, para poder acceder a este beneficio es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  • La póliza debe estar vinculada a la hipoteca de la vivienda. En el caso de que se haya terminado de pagar el préstamo, no será posible deducir el coste de este seguro.
  • Es necesario que la póliza esté asociada a la transacción hipotecaria desde el inicio. Si en un momento posterior a la firma de la hipoteca, se contrata otro seguro, que no figura en las condiciones de esta firma, las primas de ese nuevo seguro ya no formarían parte de la base de la deducción. No obstante, en el caso de que en su hipoteca ponga que tiene que contratar un seguro de hogar y después decida cambiar ese seguro a otra compañía, este sí que se desgravaría.
  • La reducción únicamente se aplica en las viviendas que se compraron antes del 1 de enero de 2013.
Se debe tener en cuenta que la base máxima por todos los conceptos es de 9.040 euros anuales. El porcentaje de deducción aplicable es del 7,5% en tramo estatal más el porcentaje que establezca cada autonomía.

Desde FAR Asesores, ponemos a su disposición un equipo de profesionales que pretende dar respuesta a las exigencias legales, fiscales, económicas, tecnológicas, competenciales y de otros órdenes que su empresa tenga que afrontar. Esta noticia es del diario La Razón, puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.

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