El Ministerio de Hacienda podrá examinar la contabilidad mercantil de una empresa en el marco de un procedimiento de comprobación limitada.
El objetivo es dotar a la Agencia Tributaria de la capacidad de analizar los datos fiscales en la comprobación limitada. Algo que sí puede hacer en las inspecciones, pero que en estos procedimientos tiene vetado.
Los objetivos de esta medida son:
- Mejorar el marco existente para el intercambio de información y la cooperación administrativa en la Unión Europea.
- Ampliar la cooperación administrativa a ámbitos nuevos.
- Abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía.
- Por otro lado, también ayudará a las administraciones tributarias a recaudar los impuestos de una forma mejor y más eficiente.
La enmienda establece que la Agencia Tributaria podrá realizar únicamente una serie de comprobaciones. Una de ellas es el examen de los datos consignados por los obligados tributarios en sus declaraciones y de los justificantes presentados o que se requieran al efecto. También se podrán examinar los registros, libros y demás documentos exigidos por la normativa tributaria. Así como, el examen de las facturas o documentos que sirvan de justificante de las operaciones incluidas en dichos libros, registros o documentos.
Sin embargo, el examen de la contabilidad solo constatará lo que figure en la misma y la información de la Administración tributaria. incluida la obtenida en el procedimiento. Además, la Agencia Tributaria podrá exigir requerimientos a terceros para que aporten información y documentación justificativa. Tendrá el objeto de comprobar la veracidad de la información que obre en poder de la Administración tributaria.
Por otro lado, y para cumplir con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
Se modificará la ley para permitir a los abogados no informar sobre la planificación fiscal agresiva de sus clientes.
El TJUE tumbó en diciembre el apartado de la conocida como DAC 6. Esta ley limitaba el secreto profesional de los asesores tributarios obligándoles a denunciar las prácticas agresivas de sus clientes. “Los intermediarios eximidos por el deber de secreto profesional de la presentación de la declaración de los mecanismos transfronterizos serán responsables de comunicar dicha información a otro intermediario o a la Administración tributaria cuando se les haya requerido para ello”, señala el texto.
En resumen, la enmienda presentada permitirá a la Agencia Tributaria examinar la contabilidad mercantil de una empresa en el marco de un procedimiento de comprobación limitada, lo que contribuirá a mejorar el marco.
Desde FAR Asesores, ponemos a su disposición un equipo profesional que pretende dar respuesta a las exigencias legales, fiscales y económicas, que su empresa afronté. Esta noticia es del Diario 20 Minutos, puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.
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