El Supremo permite al contribuyente impugnar liquidaciones fiscales firmes

El Tribunal Supremo concede al contribuyente nuevas herramientas en torno al pago de impuestos.

Los contribuyentes podrán mantener pulsos con las autoridades tributarias incluso en el caso de liquidaciones ya cerradas en firme. Los magistrados del Supremo han dictaminado este mismo mes que un ciudadano pueda reclamar el cobro de tributos cuyas normas hayan perdido su fundamento legal.

Por ejemplo, por haber sido declaradas inconstitucionales o contrarias al Derecho europeo. En este caso, el ciudadano está en su derecho de reclamar a la Administración que inicie un procedimiento de revocación de los pagos. Y podrá impugnar la decisión si se le niega.

A partir de ahí, el alto tribunal avala que los jueces que acaben evaluando estas contiendas tengan potestad para entrar a evaluar el fondo de la cuestión. De esta forma, si llegará el caso podrán anular las liquidaciones en firme decretadas.

La liquidación fiscal deviene en firme si el contribuyente no presenta un recurso contra ella en el plazo de solo un mes.

Hasta ahora, el hecho de que en determinados casos la Justicia acabara anulando luego las bases legales de esos tributos limitaba las posibilidades de los ciudadanos de recuperar su dinero.  Era potestad de La Administración iniciar por su cuenta el proceso de revocación.

La sentencia del Supremo abre ahora un nuevo escenario más benévolo para el contribuyente. Su aplicación será extensible a todos los procesos de liquidación de impuestos o sanciones tributarias cerradas en firme.

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