El departamento de recaudación de la Agencia Tributaria en España ha aumentado el límite exento de garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias de 30.000 a 50.000 euros.
Esto significa que las deudas tributarias de hasta 50.000 euros podrán ser retrasadas o pagadas en cuotas sin la necesidad de proporcionar garantías. Este cambio entrará en vigor el 15 de abril de 2023 y no tendrá efectos retroactivos.
La orden ministerial de Hacienda argumenta que el aumento del límite es necesario debido al contexto económico actual. Actualmente ha aumentado las dificultades en la economía doméstica y en los distintos sectores de actividad. Las razones principales son el choque de la oferta y el incremento de los precios debido a guerra en Ucrania, y la pandemia de Covid-19. La orden se aplicará a las solicitudes de gestionadas por la Agencia Tributaria y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública estatal. También se aplicará a los tributos estatales cedidos a las comunidades autónomas.
Este cambio beneficiará a pequeños contribuyentes, autónomos y pequeñas y medianas empresas, y reducirá el costo económico y los procedimientos vinculados al examen de una solicitud de aplazamiento.
También puede ayudar a aliviar tensiones de tesorería en un momento difícil para pymes y autónomos.
Sin embargo, la orden no afectará a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que se encuentren en tramitación cuando se haga efectiva la entrada en vigor. Desde este momento, seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud. Además, sería deseable que aquellos contribuyentes que se mueven entre los 30.000 y los 50.000 euros de deuda puedan recuperar la garantía o el aval que han tenido que depositar.
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