El Impuesto de Sucesiones es un tributo inevitable cuando, en el momento de aceptar una herencia, nuestro patrimonio aumenta por su recepción. Es un pago previo a la recepción de esa herencia y, por lo tanto, funciona como un trámite imprescindible.
En función de la herencia recibida el importe del Impuesto de Sucesiones será mayor o menos. A veces, el pago del tributo puede suponer una dificultad para una persona que apenas disponga de ingresos. En estas situaciones, no obstante, existen opciones.
Una solución puede ser pagar el dinero del Impuesto de Sucesiones con parte del dinero que se reciba en la herencia. Para ello, ese caudal hereditario debe incluir dinero en efectivo, cuentas bancarias, etc.
En la práctica, supone tomar prestado parte del dinero que vamos a heredar para pagar ese tributo con anterioridad a la recepción de la herencia. En ese proceso el heredero no llega a disfrutar de esos recursos, simplemente se toman de la cuenta del fallecido.
Parece una especie de resquicio legal, pero el propio reglamento del Impuesto de Sucesiones el que permite que el heredero canalice parte de su herencia al pago del tributo.
El aviso del Banco de España por el Impuesto de Sucesiones
El Banco de España avisa en su página web de que la entrega del justificante del pago es imprescindible para poder disponer del caudal hereditario.
Para las ocasiones en las que el heredero no quiere hacer uso de su propio dinero para pagar el Impuesto de Sucesiones, hay que pedírselo a la entidad bancaria.
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