La Agencia Tributaria ha recibido varios varapalos y litigios por parte de algunos tribunales como el Supremo, el Constitucional e incluso también los europeos.
La Agencia Tributaria es consciente del problema que acarrea tener una tasa de litigios alta y ha incluido en su Plan Estratégico de 2020-2023 directrices para reducirla.
En 2014 el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda GESTHA afirmaba que Hacienda perdía en los tribunales la mitad de las reclamaciones formuladas por los contribuyentes.
GESTHA criticaba que se primara la cantidad en lugar de la calidad en las actuaciones tributarias. Lo que provoca un aumento de las reclamaciones contra las deudas, sanciones y actos de las distintas Administraciones tributarias.
Además, conviene recordar que la Agencia Tributaria retribuye a los inspectores de Hacienda con un variable. Estos incentivos premian su productividad, es decir, se les entrega un bonus por el número de actuaciones y sanciones en las que intervienen. Además, este bonus se mantiene, aunque las sanciones impuestas sean revocadas.
Anulación de la base imponible del impuesto de la plusvalía por el Tribunal Constitucional
El 26 de octubre de 2021 el Tribunal Constitucional anuló varios apartados del artículo 107 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales. Esta ley establecía la base imponible del Tribunal Constitucional, dejándolo durante un breve periodo sin efecto.
Según el tribunal el cálculo del impuesto era inconstitucional, al entender que el sistema de cómputo objetivo no se correspondía con la realidad. Este cálculo afectaba al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución española.
Esta fue la tercera sentencia que dictó el Tribunal Constitucional sobre el impuesto de plusvalía.
En 2017, declaró inconstitucional someter a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor.
En 2019 declaró inconstitucional someter a tributación aquellos supuestos en los que la cuota a pagar era superior al incremento patrimonial.
Para solucionar el problema creado por la anulación de estos artículos, el Gobierno aprobó un real decreto-ley para adaptar este impuesto a la sentencia. De esta forma, se permitía a los contribuyentes elegir, entre dos métodos de cálculo, el que más les beneficie.
Anulación de las multas del modelo 720 por el Tribunal Supremo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se cargó las multas del modelo 720 con la emisión de un dictamen el 27 de enero de 2022. Para el tribunal, este modelo era contrario a la legislación comunitaria. Firmando que nuestro país había incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales. Además, en este dictamen se cuestionaba la imprescriptibilidad, por desproporcionada y por cuestionar una prescripción ya consumada a favor del contribuyente.
También se pronunció en contra de la desproporcionada multa del 150 % de la cuota resultante del IRPF por las cantidades no declaradas. Debido a que el importe total de las cantidades adeudadas por el contribuyente pudiese superar el 100 % del valor de sus bienes o derechos en el extranjero.
El Tribunal Supremo ya ha fijado jurisprudencia en relación con el modelo 720 y ha declarado la nulidad con efecto retroactivo de las multas impuestas por la Agencia Tributaria. La anulación de estas multas costará muchos millones al Estado.
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