Con el cierre de la Campaña de la Renta 2023-2024 el pasado 1 de julio, muchos contribuyentes ya han recibido lo que comúnmente se denomina la «carta del miedo», una notificación de la Agencia Tributaria que alerta sobre posibles errores en la declaración de la renta o el incumplimiento de los plazos establecidos para su presentación.

En las próximas semanas, Hacienda enviará unas 80.000 de estas cartas a quienes no hayan cumplido con las obligaciones fiscales. Aunque el nombre suene alarmante, lo cierto es que la carta del miedo no acarrea sanción de manera inmediata, sino que busca informar al contribuyente de posibles irregularidades en su declaración. El objetivo es brindar la oportunidad de corregir los errores antes de que el proceso avance hacia una sanción formal.

¿Qué es la “carta del miedo”?

Se trata de un aviso que envía la Agencia Tributaria para alertar a los contribuyentes sobre posibles errores o incumplimientos en su declaración de la renta. Las cartas informativas son, en esencia, un recordatorio para que el contribuyente tenga la oportunidad de corregir su situación fiscal, ya sea presentando la declaración correctamente o completando la información requerida.

Estas notificaciones comenzaron a enviarse de manera masiva en agosto de 2023, y se espera que en los próximos días muchos más contribuyentes reciban su carta. Aunque las primeras cartas no implican una sanción automática, es importante atender el aviso para evitar problemas futuros. Si no se corrigen las irregularidades o no se presenta la documentación solicitada, el contribuyente podría enfrentarse a una inspección fiscal.

¿Qué hacer si recibes una carta?

Si te llega una de estas notificaciones, es recomendable que revises detenidamente tu declaración de la renta y la compares con los datos que figuran en la carta. Si detectas algún error o información omitida, es fundamental corregirlo lo antes posible.

Es importante aclarar que, aunque la carta no obliga a dar una respuesta inmediata, ignorarla puede tener consecuencias graves. Si la Agencia Tributaria detecta que ha habido un incumplimiento, el proceso puede derivar en una comprobación formal y, eventualmente, en sanciones económicas.

Multas y sanciones asociadas

Existen dos escenarios principales en los que el contribuyente puede recibir una sanción si no atiende a la «carta del miedo»:

  1. No haber presentado la declaración a tiempo: En este caso, el contribuyente podría enfrentarse a penalizaciones que varían entre el 50% y el 150% de la deuda pendiente. Si Hacienda considera que el retraso ha causado un perjuicio económico, la sanción puede aumentar. Incluso si el resultado de la declaración es cero o positivo, es obligatorio pagar una multa de 200 euros por no haber presentado la declaración en el plazo correspondiente.
  2. Haber presentado la declaración, pero no haber pagado la renta: Esto suele suceder en casos donde se cometen errores al introducir los datos bancarios, como un IBAN incorrecto o fondos insuficientes en la cuenta. En este escenario, se aplicarán recargos que oscilan entre el 10% y el 20% de la cantidad adeudada.

Conclusión

Si recibes una «carta del miedo» de Hacienda, no entres en pánico, pero tampoco la ignores. Esta notificación es una oportunidad para corregir errores y regularizar tu situación antes de que se convierta en un problema mayor. La clave está en actuar con rapidez, revisar los datos con detenimiento y, si es necesario, acudir a un asesor fiscal para garantizar que cumples con tus obligaciones tributarias.

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