A la hora de formalizar la compraventa de una vivienda, la hipoteca no es el único gasto al que tiene que hacer frente el comprador. Los gastos de la compra suelen suponer un 12% del valor del inmueble.
Los gastos de la notaría, la tasación de la casa, el registro y los impuestos son los costes principales en esta operación (sin tener en cuenta el préstamo hipotecario). Dependen además de cada comunidad autónoma. Además, hay que tener en cuenta que, en materia de tributación, si es la compra de una vivienda de obra nueva o de segunda mano.
¿Qué impuestos se deben liquidar?
En la Comunidad de Madrid, si la vivienda es de segunda mano el impuesto que se debe liquidar es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que es del 6% del importe escriturado. El coste de este tributo depende de cada autonomía. En varias regiones se suelen aplicar una serie de bonificaciones si el comprador es joven, tiene familia numerosa o algún tipo de discapacidad.
En el caso de las familias numerosas, siempre que se trate de la vivienda habitual, el impuesto será del 4% del importe. También será así en el supuesto de que la anterior vivienda habitual fuera propiedad de alguno de los titulares de la familia numerosa y se venda en el plazo de dos años anteriores o posteriores a la adquisición de la nueva vivienda habitual.
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