Sentencia del Tribunal Supremo: Protección de la privacidad en la era digital

El Tribunal Supremo de España ha emitido un relevante fallo que establece importantes precedentes en relación con la protección de la privacidad en la era digital y su impacto en el ámbito de la asesoría fiscal.

El Tribunal Supremo de España ha emitido un relevante fallo que establece importantes precedentes en relación con la protección de la privacidad en la era digital y su impacto en el ámbito de la asesoría fiscal. En una nota de prensa publicada recientemente en su página web, el Tribunal Supremo ha adelantado el fallo de su sentencia que resuelve el recurso de casación 4542/2021.

El caso se centra en las actuaciones administrativas que involucran el acceso y tratamiento de la información almacenada en dispositivos electrónicos, como ordenadores, teléfonos móviles, tabletas, memorias, entre otros. La sentencia establece que estas actuaciones deben respetar los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar, al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos.

Contexto de la sentencia del Tribunal Supremo

El caso surgió a raíz de un recurso planteado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. La Administración tributaria argumentó que necesitaba acceder al disco duro de un contribuyente para obtener información relevante relacionada con actuaciones en paraísos fiscales, debido a la negativa del contribuyente a permitir este acceso. El Tribunal Supremo determinó que el acceso a la información estaba justificado, ya que no existía otra forma de obtenerla.

Precedentes y jurisprudencia

La sentencia establece una jurisprudencia esencial que impacta en el ámbito de la asesoría fiscal:

  1. Las reglas de competencia y procedimiento establecidas por la ley procesal para autorizar la entrada en domicilio protegido por la Constitución no son idóneas para autorizar el copiado, precinto, captación, posesión o utilización de los datos contenidos en un ordenador fuera del domicilio, ya que pueden afectar a otros derechos fundamentales.
  2. Aun aceptando la idoneidad de esas reglas, se deben seguir las exigencias de necesidad, adecuación y proporcionalidad de la medida, como establecido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, al evaluar la procedencia de la autorización para acceder y tratar la información almacenada en dispositivos electrónicos.
  3. Estas exigencias deben ser evaluadas por el juez de la autorización, considerando que el respeto a los derechos fundamentales tiene prioridad sobre el ejercicio de las potestades administrativas.

Reflexiones finales

Esta sentencia del Tribunal Supremo recalca la importancia de equilibrar la necesidad de acceso a la información con la protección de la privacidad en un mundo cada vez más digitalizado. Para los profesionales de la asesoría fiscal, implica la necesidad de estar al tanto de estos cambios legales y jurisprudenciales para garantizar que se respeten los derechos fundamentales de los contribuyentes mientras se cumplen las obligaciones fiscales. En un entorno en constante evolución, la adaptación y el conocimiento actualizado se vuelven esenciales para ofrecer un asesoramiento fiscal preciso y ético.

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