¿Vendes en Vinted o Wallapop? Esto es lo que debes saber sobre Hacienda y la Renta 2024-2025

Con la llegada de la campaña de la Renta 2024-2025, que arranca el próximo 2 de abril y corresponde al ejercicio fiscal de 2024, muchos usuarios se preguntan si deben declarar las ganancias obtenidas por este tipo de ventas. La respuesta depende de varios factores, y conocerlos puede evitar más de un disgusto… o incluso recibir la temida «carta del miedo» de Hacienda.

En los últimos años, la compraventa de productos de segunda mano ha experimentado un auge sin precedentes en España. Plataformas como Vinted o Wallapop se han convertido en herramientas cotidianas para millones de usuarios que buscan una forma rápida y sencilla de obtener ingresos vendiendo ropa, tecnología, artículos deportivos o incluso pequeños electrodomésticos. Esta tendencia ha crecido tanto que ha despertado la atención de la Agencia Tributaria.

Desde enero de 2024, está en vigor en España el Real Decreto 117/2024, que incorpora la directiva europea DAC7.

Esta normativa obliga a las plataformas digitales a compartir con Hacienda los datos fiscales de aquellos usuarios que hayan cerrado al menos 30 transacciones o hayan ingresado más de 2.000 euros al año en operaciones de compraventa. Esto supone un gran cambio: antes era difícil para el fisco rastrear este tipo de actividades, pero ahora los datos llegarán directamente desde las propias plataformas.

Pero ¿significa esto que todo el mundo debe tributar por vender cosas usadas? No necesariamente. La clave está en si se ha obtenido o no un beneficio económico real. En términos generales, si vendes un objeto por menos de lo que te costó originalmente, no hay ganancia patrimonial y, por tanto, no tienes que tributar por ello. Es decir, si simplemente estás vaciando el armario o el trastero y recuperando algo de dinero, puedes estar tranquilo.

Según datos proporcionados por Wallapop, menos del 1% de sus más de 19 millones de usuarios llegarán a los umbrales establecidos por Hacienda, por lo que la mayoría no se verá afectada.

Sin embargo, si eres un vendedor habitual o usas estas plataformas como un canal más de ventas para tu negocio —ya seas autónomo o empresa— la situación cambia. En ese caso, deberás declarar los beneficios como ganancia patrimonial dentro de tu declaración de la renta. Estos beneficios tributan dentro de la base del ahorro, con tipos que van desde el 19% para los primeros 6.000 euros, hasta el 28% si superas los 300.000 euros.

Para ello, deberás incluir tus ganancias en la sección ‘Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales’, a partir de la casilla 1624 del borrador de la renta. Si eres profesional, además tendrás que emitir factura con IVA por cada venta y declarar ese ingreso como cualquier otra actividad comercial.

En resumen, si vendes de vez en cuando, probablemente no tengas que preocuparte. Pero si has generado ingresos relevantes o vendes con fines lucrativos, conviene estar bien informado y cumplir con tus obligaciones fiscales para evitar sorpresas desagradables.

Desde FAR Asesores, ponemos a su disposición un equipo profesional que pretende dar respuesta a sus cuestiones legales, fiscales y económicas. Por último, esta noticia está elaborada a través de un articulo del medio La Información. Puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.

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