Estas son las acciones que puedes tomar una vez presentada la Declaración de la Renta

Si tras presentar la declaración de la renta detectas que has cometido algún error, te has olvidado de incluir determinada información o has cambiado el número de cuenta bancaria, debes saber que puedes modificar tu declaración, presentar una declaración complementaria o modificar el número de cuenta.

También puede que te impacientes por una devolución que no llega y quieras consultar su estado, o simplemente que necesites un certificado de tu declaración de la renta.

Una vez presentado el modelo 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) hay unas acciones que puede realizar el contribuyente. A continuación te explicamos qué opciones tienes una vez presentada tu declaración.

Consultar una devolución

Si te impacientas porque no llega la tan ansiada devolución de la renta, tienes que saber qué plazo tiene Hacienda para la devolución del IRPF.

Para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución solicitada, la ley otorga a Hacienda un plazo de seis meses. Este plazo cuenta desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo. Por lo tanto, como este año se puede realizar la presentación hasta el 30 de junio, tienen de plazo hasta el 30 de diciembre, si fue presentada dentro del plazo establecido.

La consulta se puede realizar accediendo al expediente a través del servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB).

Obtener un certificado de la declaración de la renta

La expedición de este certificado acredita los datos del IRPF correspondientes al solicitante.

En el caso de que no se esté obligado a declarar y no se haya presentado declaración, se certifican las imputaciones de renta. No obstante, salvo los supuestos en los que no conste información relativa a rentas o rendimientos imputables por el IRPF.

Si se ha presentado declaración, se indica la modalidad de tributación en que se ha presentado y se desglosan datos económicos relativos a la declaración.

Este certificado se puede obtener de alguna de las siguientes formas:

  • Electrónica, para lo que es necesario disponer de certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve PIN, o el número de referencia previamente facilitado por la Agencia Tributaria.
  • App de la Agencia Tributaria.
  • Telefónicamente, previa solicitud de cita.
  • De forma presencial en delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria, previa solicitud de cita.

Modificar una declaración ya presentada

Si tras presentar la declaración de renta detectas errores u omisiones en los datos declarados que te causan un perjuicio. También se utilizará esta opción si necesitas informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.

Para modificar una declaración de la renta hay dos opciones:

  • Acceder a tu expediente en RentaWEB y marcar la casilla 127 de solicitud de rectificación.
  • Realizar esta gestión desde la opción «Modificación de una declaración ya presentada», en la página de la sede electrónica.

Presentar una declaración complementaria

Si después de presentar la declaración adviertes de errores que hayan causado un perjuicio a la Agencia Tributaria puedes presentar una declaración complementaria utilizando los servicios de Renta WEB.

Para presentar una declaración complementaria de la renta hay dos opciones:

  • Acceder a tu expediente en RentaWEB, y después de elegir modificar una declaración presentada, seleccionar una de las opciones de la declaración complementaria. Después de facilitar esta información, lo recomendable es trabajar sobre la declaración presentada, ya que la nueva comprenderá, además de los datos reflejados en la autoliquidación originaria, los de nueva inclusión o modificación.
  • Realizar esta gestión desde la opción «Modificación de una declaración ya presentada», en la página de gestiones del IRPF y del modelo 100 en la sede electrónica.

Cómo consultar o modificar la domiciliación bancaria

Puedes consultar la cuenta bancaria en la que has domiciliado la devolución y podrás modificarla siempre y cuando no se haya realizado el pago.

Si el resultado de la declaración fue a ingresar, la modificación del número de cuenta se puede realizar hasta que finalice el plazo de domiciliación de cada uno de los pagos.

También se puede revocar la domiciliación si se decide realizar el pago por otra vía y rehabilitar la domiciliación si se ha revocado. Ambas opciones solo están disponibles dentro del plazo de presentación de la declaración.

Además, siempre podrás consultar las declaraciones que hayas presentado en el ejercicio actual y en los ejercicios anteriores no prescritos.

Desde FAR Asesores, ponemos a su disposición un equipo profesional que pretende dar respuesta a las exigencias legales, fiscales y económicas, que su empresa afronté. Esta noticia es del medio Fiscal e Impuestos, puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.

Imagen de Freepik

You may also like