Cuanto es la cantidad mínima de dinero recibido por donaciones para declarar

Las donaciones más habituales son las que realizan los padres a los hijos. Si bien es cierto que la ley no estipula una cantidad mínima, si hay que tener en cuenta ciertos aspectos para no cometer una irregularidad.

¿Cuánto dinero es el mínimo de una donación en sin la necesidad de declararlo? No cabe duda de que esta es una de las dudas alrededor de la figura de la Agencia Tributaria. En la campaña de la declaración de la Renta para el ejercicio 2022 se generan numerosas preguntas al respecto. En los últimos años, Hacienda sigue muy de cerca las donaciones de dinero entre familiares para que todas ellas se declaren basándose en unos criterios.

No existe una ley que establezca un límite como tal, las más habituales son las que se realizan de padres a hijos. Aunque no tengan ninguna intención comercial, es decir, no se entrega nada tangible a cambio de ese dinero, hay que conocer varios aspectos. 

¿A partir de qué cantidad hay que declarar los regalos, donaciones o pagas?

En muchas ocasiones, se realizan donaciones en forma de pagas mensuales, para estudiar, ir de viajes o comprar algo concreto, entre muchas otras posibilidades. Como es lógico, no siempre será necesario declararlo. Pero sí hay ocasiones en que los regalos o traspasos de dinero pueden obligar a hacer frente al pago de tributos.

Porque, como ocurre a nivel general, las entidades bancarias están obligadas a avisar a Hacienda de movimientos importantes de dinero. Así pueden comprobar de dónde ha salido, dónde ha ido a parar y si hay un motivo por el que se debe declarar.

Las situaciones más habituales son las siguientes:
  • Ingresos en cuentas bancarios u operaciones que superen los 3.000 euros.
  • Ingresos de billetes de 500 euros, al ser poco habituales, pueden levantar alguna sospecha de Hacienda si no se conoce el origen.
  • Transferencias bancarias que superen los 10.000 euros. Pueden ser regalos destinados a la entrada de a hipoteca, afrontar la compra de un coche, una boda o gastos similares. En estos casos, Hacienda también pone la lupa y puede exigir el pago de impuestos.

Hay que conocer los tipos de ingresos y los mínimos por los que Hacienda nos obliga a realizar la Declaración de la renta. También hay que tener en cuenta otros aspectos menos habituales como criptomonedas o las apuestas. Lo cierto es que más allá de presentar el borrador, puede interesarle acudir a un gestor.

Desde FAR Asesores, ponemos a su disposición un equipo profesional que pretende dar respuesta a las exigencias legales, fiscales y económicas, que su empresa afronté. Esta noticia es del medio La Información, puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.

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