La declaración de la Renta de este año viene con algunas sorpresas, en especial para las rentas más elevadas del trabajo y del ahorro.

Con la campaña de la Renta 2021 comenzada vía internet, los contribuyentes tendrán que ponerse al día con el fisco y presentar el borrador del IRPF. Aquellos que hayan cobrado menos de 22.000 euros de un solo pagador o tienen ingresos inferiores a 14.000 euros con dos o más no están obligados a realizarla.

Ahora bien, en muchos casos puede presentar importantes ventajas. Sobre todo, cuando el resultado sale a devolver, puesto que recibirás un dinero extra que podrás ahorrar o usar según tus necesidades.

Por el momento, aquellos que quieran adelantarse al borrador pueden utilizar una herramienta online disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para usar este simulador no es necesario registrarse, por lo que los usuarios pueden realizarlo en cualquier momento sin tener que iniciar sesión.

Este sistema también es una ventaja para quienes se hayan encontrado en situación de desempleo o hayan estado afectados por un ERTE. La razón principal es que los subsidios percibidos en estos casos serán considerados como un segundo pagador. Por tanto, el límite establecido de ingresos disminuye, como mencionábamos anteriormente.

Indicarlo en el borrador

El impacto económico de este segundo año de pandemia y otras situaciones añadidas como el volcán de La Palma, son muchos los trabajadores afectados por un despido o una suspensión temporal del empleo que han ido cobrando el paro en los últimos meses. Lo que algunos empleados desconocen es que estas prestaciones, igual que el salario y otras rentas, también tributan en el IRPF.

El SEPE comunica que en las prestaciones por desempleo se aplica retención del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, por la propia dinámica del abono de estas ayudas, es poco probable la retención a cuenta, dado que los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de retención.

Por tanto, quienes se hayan encontrado acogidos por algunos de estos mecanismos, pueden estar en la situación de haber cobrado dos tipos de ingresos. Por un lado, el sueldo mensual correspondiente antes de estar en paro o en ERTE y la ayuda del SEPE. Estos se considerarán dos pagadores y siempre que supere los 14.000 euros anuales y si la suma de las cuantías percibidas del segundo pagador supera los 1.500 euros anuales, estarán obligados a presentar la declaración de la Renta. Incluso si en años anteriores no tuvo que hacerla.

Desde FAR Asesores, ponemos a su disposición un equipo de profesionales que pretende dar respuesta a las exigencias legales, fiscales, económicas, tecnológicas, competenciales y de otros órdenes que su empresa tenga que afrontar. Esta noticia es del diario La Información, puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.

Foto de trabajador cansado creado por yanalya – www.freepik.es

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