La Administración debe demostrar que la deducción fue incorrecta y, además, que hubo culpabilidad por parte del contribuyente.
La reciente sentencia del Tribunal Supremo, emitida a finales de octubre, representa un importante precedente para autónomos y empresarios en España. Según este fallo, Hacienda no puede sancionar automáticamente a quienes no presenten pruebas suficientes para justificar la deducción de un gasto.
Una carga de la prueba que recae en Hacienda
El tribunal Supremo ha puesto el foco en un problema que afecta a muchos empresarios: la carga de la prueba en casos de deducciones fiscales controvertidas. A menudo, Hacienda ha actuado asumiendo que la falta de pruebas suficientes implica automáticamente una deducción indebida, sancionando a los contribuyentes por ello. Sin embargo, el Tribunal Supremo deja claro que no es el contribuyente quien debe probar su inocencia, sino la Administración la que tiene que acreditar la culpabilidad para imponer una sanción.
Esto no significa que el gasto deducido sea automáticamente válido si no hay pruebas suficientes, pero sí que la falta de documentación no puede interpretarse de forma automática como una conducta culpable. Es un enfoque que busca equilibrar la balanza entre la Agencia Tributaria y los contribuyentes.
El caso de una empresa de bebidas gaseosas
La sentencia surge a raíz de un recurso presentado por una empresa de bebidas gaseosas sancionada por deducir gastos relacionados con marketing internacional y atenciones a clientes entre 2009 y 2011. Hacienda argumentó que no se podía justificar qué clientes recibieron los beneficios del marketing ni la entrega de productos. La empresa fue sancionada, pero el Tribunal Supremo recordó que la deducibilidad de estos gastos, particularmente aquellos considerados controvertidos como los de vehículos o atención a clientes, debe evaluarse caso por caso y no con criterios generalizados.
Además, el Alto Tribunal insistió en que, incluso si un gasto no puede justificarse por completo, esto no implica necesariamente culpabilidad ni da pie a una sanción automática. Para multar, Hacienda debe probar que la actuación del contribuyente fue negligente o dolosa.
La «prueba diabólica» y los gastos controvertidos
Uno de los puntos más señalados por los expertos es la dificultad de justificar ciertos gastos, como el uso del vehículo. Este proceso, conocido como «prueba diabólica», obliga al contribuyente a demostrar detalladamente el tiempo y los fines de uso del coche, un requisito que a menudo es extremadamente complicado de cumplir.
El fallo del Tribunal Supremo no solo protege a los contribuyentes frente a sanciones automáticas, sino que también subraya la necesidad de aplicar un análisis exhaustivo y personalizado en cada caso. Esto podría sentar un precedente que limite la práctica de Hacienda de imponer sanciones sin suficientes bases probatorias.
La sentencia del Tribunal Supremo supone un paso adelante en la protección de los derechos de los autónomos y empresarios.
Refuerza el principio de presunción de inocencia y establece que la falta de pruebas, por sí sola, no basta para sancionar. Este fallo debería ser un recordatorio para Hacienda de que su actuación debe basarse en pruebas claras y en la demostración de culpabilidad, en lugar de en sanciones automáticas que colocan toda la carga de la prueba en el contribuyente.
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