Esta decisión cambia el criterio general de Hacienda sobre cómo deben tributar las pensiones generadas por los mutualistas entre 1967 y 1978, abriendo la puerta a miles de reclamaciones para la devolución de lo pagado en exceso en el IRPF.
En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha determinado que los mutualistas jubilados que cotizaron a la Mutualidad Laboral de Banca han estado tributando de más en sus declaraciones de la renta por su pensión de jubilación.
La sentencia establece que los pensionistas que cotizaron en la Mutualidad Laboral de Banco tienen derecho a aplicar una reducción del 100% por sus cotizaciones hasta 1966, incluyendo ese ejercicio, y una reducción del 25% por las cotizaciones entre 1967 y 1978. A diferencia de las cotizaciones a la Seguridad Social, que son deducibles en el IRPF, los pagos a la mutua no lo eran. Esta equivocación ha llevado a los mutualistas jubilados a soportar una doble imposición.
La sentencia permite a los mutualistas que venían tributando por el 100% de esas cotizaciones en el IRPF, hacerlo ahora por el 75% correspondiente a su pensión de jubilación o de incapacidad. Esta reducción se aplicará de manera proporcional al tiempo que se cotizó como mutualista en comparación con toda la vida laboral.
La sentencia del Tribunal Supremo se centra en los jubilados mutualistas de la Mutualidad Laboral de la Banca, pero sienta jurisprudencia para todos los pensionistas que reciben una pensión de la Seguridad Social y cotizaron a una Mutualidad Laboral antes de 1978.
En cuanto al período en el que se pueden reclamar los pagos en exceso, se pueden solicitar los últimos cuatro años no prescritos de IRPF. Esto significa que se pueden reclamar las declaraciones de los años 2022, 2020, 2021 y 2019 si se presentaron en plazo. El monto que se puede recuperar varía de un mutualista a otro, pero en general, se estima que oscila entre los 2.400 y 3.000 euros.
Un ejemplo ilustrativo muestra que un jubilado con una pensión cercana a la media de 18,000 euros y contribuciones a la mutualidad entre 1967 y 1978 podría recuperar aproximadamente 1,237.5 euros en su declaración de la renta.
Para reclamar el dinero pagado en exceso en el IRPF, los mutualistas deben solicitar una rectificación de la autoliquidación a Hacienda para los ejercicios no prescritos. Este proceso se puede realizar a través del programa Renta Web utilizando certificado digital, DNI electrónico o el sistema Clave.
En resumen, esta sentencia del Tribunal Supremo representa una victoria para los mutualistas jubilados, brindándoles la oportunidad de recuperar cantidades significativas de dinero que han estado pagando en exceso en sus declaraciones de la renta debido a un error de interpretación de la Agencia Tributaria.
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