Desde el pasado 3 de abril, los autónomos y pequeñas empresas tienen un motivo para respirar con algo más de tranquilidad. A partir de ahora, no será imprescindible un fallo judicial para que las compensaciones por indemnización queden libres de tributación, siempre que se respeten los requisitos establecidos por la ley fiscal.
La entrada en vigor de la Ley de Eficiencia de la Justicia ha traído consigo una novedad que reduce significativamente la carga burocrática relacionada con las indemnizaciones exentas del IRPF.
Hasta ahora, Hacienda exigía que un juez determinara el importe de la indemnización para reconocer su exención en el IRPF. Esto obligaba a muchos trabajadores por cuenta propia a iniciar procesos judiciales, incluso cuando había un acuerdo entre las partes, simplemente para no perder beneficios fiscales. La nueva normativa rompe con esa rigidez y permite que el acuerdo se formalice ante notario, un letrado de la Administración de Justicia o una autoridad administrativa, como el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación), manteniendo la validez tributaria del mismo.
Eso sí, es importante entender lo que esta ley no cambia: los criterios fiscales.
Es decir, las indemnizaciones siguen estando sujetas a los mismos límites y condiciones. Si una indemnización por despido supera los 180.000 euros, o si no se ajusta a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores, deberá tributar. Igualmente, si se otorga una compensación sin daño real o sin ajustarse a los baremos oficiales —como los establecidos para accidentes de tráfico—, Hacienda no reconocerá la exención, aunque haya mediado una formalización válida.
En el ámbito laboral, esta modificación puede beneficiar enormemente a las pequeñas empresas y autónomos que deseen resolver despidos de forma amistosa y rápida. Ya no será necesario acudir a un juez para que el acuerdo tenga validez fiscal, siempre que se realice dentro de un procedimiento reconocido legalmente, como una conciliación ante el SMAC. Lo mismo ocurre con las indemnizaciones por accidentes o las pensiones alimenticias en procesos de separación o divorcio: si se formalizan ante notario u otra autoridad legalmente admitida, podrán mantener su exención fiscal sin necesidad de pasar por los tribunales.
La ley también introduce un cambio relevante en la dinámica de los litigios civiles y mercantiles: antes de presentar una demanda, será obligatorio intentar una solución extrajudicial.
Esta medida busca descongestionar los tribunales y fomentar el uso de medios alternativos como la mediación o la conciliación. Para los autónomos que reclamen deudas o disputas contractuales, esto supone un paso previo ineludible.
En definitiva, la Ley de Eficiencia de la Justicia no modifica qué indemnizaciones están exentas del IRPF, pero sí amplía las vías para justificarlas formalmente. Esto se traduce en menos juicios, menor gasto legal y mayor agilidad para quienes actúan conforme a la normativa. Eso sí, la advertencia es clara: sólo los acuerdos formalizados por cauces legalmente reconocidos serán válidos ante Hacienda. La forma importa, y mucho.
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