En los últimos meses, dos resoluciones judiciales han marcado un antes y un después para los autónomos con asalariados y las pymes.

Un Juzgado de lo Social declaró improcedente el despido de una trabajadora con jornada adaptada para la conciliación familiar y en situación de baja médica. Poco después, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) fue más allá y calificó el despido como nulo, obligando a la empresa a readmitirla y a indemnizarla con 20.000 euros por daños morales.

Qué es la jornada adaptada y cómo se diferencia de la reducción de jornada

La jornada adaptada no implica trabajar menos horas, sino reorganizar el horario para hacerlo compatible con el cuidado de hijos menores de 12 años. Puede incluir cambios de turno, entrada o salida flexible o incluso teletrabajo parcial. Se trata de una medida distinta a la reducción de jornada, que sí conlleva una rebaja proporcional del salario.

Desde junio de 2023, la ley protege expresamente a los trabajadores que solicitan o disfrutan de una jornada adaptada: su despido solo puede considerarse nulo salvo causa muy justificada. Sin embargo, un fallo legislativo en 2024 dejó sin efecto esa protección durante varios meses. Finalmente, en abril de 2025, la Ley de Eficiencia de la Justicia corrigió el error y restableció el blindaje.

Los jueces reafirman la protección frente al despido

El TSJPV ha sido claro: despedir a una persona en baja médica y con jornada adaptada vulnera el derecho a la igualdad y a la no discriminación. Este tipo de ceses se consideran discriminatorios por motivos de salud y de conciliación familiar, lo que agrava la posición de la empresa en caso de litigio.

Para los pequeños negocios, esto implica que un despido nulo no solo exige pagar una indemnización, sino readmitir al trabajador en su puesto, además de abonar posibles daños morales fijados por el juez.

Cómo deben actuar autónomos y pymes

Una de las principales lecciones que deja esta sentencia es la importancia de la gestión documental. Las adaptaciones de jornada no deben pactarse de forma verbal o informal. Lo recomendable es firmar un acuerdo por escrito, donde se detallen los nuevos horarios, las condiciones y las expectativas de cumplimiento. Este documento protege tanto al trabajador como al empresario, y sirve como prueba en caso de conflicto.

Además, conviene revisar periódicamente si la jornada adaptada sigue siendo viable para el negocio. La ley permite modificarla por razones organizativas o productivas justificadas, siempre que se motive adecuadamente.

Prevención y comunicación: claves para evitar litigios

La mejor estrategia para los pequeños empresarios es invertir en prevención. Implementar protocolos de conciliación, formar a los responsables de personal y mantener una comunicación fluida con los empleados evita muchos problemas legales. Actuar sin asesoramiento ni documentación es el escenario más arriesgado.

En resumen, desde abril de 2025 los despidos de trabajadores con jornada adaptada vuelven a estar expresamente blindados por ley. Para los autónomos y pymes, la clave está en combinar flexibilidad y rigor administrativo, garantizando tanto la conciliación familiar como la seguridad jurídica del negocio.

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