El Supremo permite que un copropietario sea trabajador a jornada completa en la empresa familiar

Una sentencia del Tribunal Supremo cambia el criterio de Hacienda y facilita a las comunidades de bienes acceder a las ventajas fiscales del régimen de empresa familiar.

El Tribunal Supremo ha marcado un antes y un después para los autónomos y pequeñas empresas familiares con estructura de comunidad de bienes. En una reciente sentencia, el Alto Tribunal ha determinado que un copropietario puede ser considerado trabajador a jornada completa dentro de la empresa, siempre que exista una relación laboral real y efectiva.

Hasta ahora, Hacienda rechazaba que un comunero pudiera desempeñar el papel de empleado exigido para que la actividad de arrendamiento de inmuebles se considerase actividad económica, un requisito esencial para acceder al régimen fiscal de empresa familiar.

Este cambio abre una vía directa para beneficiarse de importantes ventajas fiscales, entre ellas la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y bonificaciones de hasta el 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Con esta nueva doctrina, el Supremo aclara que copropiedad y empleo son compatibles, siempre que se cumpla con una dedicación exclusiva, jornada completa y retribución acorde al mercado. El criterio se centra en la realidad del trabajo y no en la mera titularidad del negocio.

Este fallo beneficia especialmente a las familias con negocios de arrendamiento inmobiliario, que hasta ahora se encontraban con obstáculos administrativos para aplicar estas ventajas. Si la empresa demuestra una actividad económica efectiva, podrá transmitirse con bonificaciones fiscales significativas, facilitando el relevo generacional sin tener que vender activos.

El Supremo subraya que el objetivo es favorecer la continuidad de la empresa familiar. De esta forma, se evita interpretaciones formales que la frenen.

No obstante, la medida no implica una carta blanca. La Inspección de Hacienda podrá seguir revisando si el contrato laboral es auténtico. Al aplicar, funciones concretas, jornada acreditada y justificación económica real.

Para asegurar la validez del régimen, se recomienda documentar adecuadamente las tareas del trabajador-copropietario — como la gestión de inquilinos, el control de mantenimiento o la administración del patrimonio— y mantener registros que demuestren una organización empresarial efectiva.

En definitiva, esta sentencia representa un avance clave para la empresa familiar en España. Al permitir una interpretación más flexible y adaptada a la realidad del negocio. Gracias a ella, muchas familias podrán preservar su patrimonio y asegurar la continuidad de su actividad con un tratamiento fiscal más justo y sostenible.

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