El Tribunal Supremo prohíbe a Hacienda cobrar a la vez recargo ejecutivo e intereses de demora

Los autónomos y pymes podrán reclamar la devolución de cantidades pagadas en exceso a la Agencia Tributaria tras una reciente sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 1 de octubre de 2025, que marca un antes y un después en materia tributaria.

El Alto Tribunal ha establecido que la Agencia Tributaria no puede exigir simultáneamente el recargo ejecutivo y los intereses de demora por una misma deuda cuando el contribuyente ha obtenido la suspensión del pago en vía ejecutiva. Según la sentencia, ambos conceptos tienen la misma finalidad indemnizatoria: compensar el retraso en el pago de la deuda tributaria. Por tanto, cobrarlos a la vez vulnera los principios de justicia tributaria.

Un fallo con impacto directo en autónomos y pequeñas empresas

Esta decisión afecta especialmente a autónomos y pymes que, al solicitar una suspensión fuera de plazo, han tenido que pagar tanto intereses como recargos por el mismo periodo. El Supremo aclara que esta práctica es incompatible y abre la puerta a reclamar la devolución de lo abonado indebidamente, siempre que no hayan pasado más de cuatro años desde el pago, conforme al artículo 66 de la Ley General Tributaria (LGT).

El caso que da origen a la sentencia partía de una pyme a la que Hacienda impuso un recargo del 5% y, además, intereses de demora durante la suspensión. El Tribunal Supremo dio la razón a la empresa y concluyó que no pueden acumularse ambos conceptos sobre el mismo periodo, ya que eso “produce un resultado contrario a los principios de justicia tributaria”.

Efectos y alcance de la sentencia

Aunque el fallo no modifica el régimen general de los recargos e intereses previsto en el artículo 28.5 de la LGT, sí amplía su interpretación: extiende la incompatibilidad al caso de los intereses generados durante la suspensión en vía ejecutiva, algo que hasta ahora Hacienda venía exigiendo.

Además, la sentencia crea seguridad jurídica y homogeneiza criterios con los órganos económico-administrativos y el TEAC, evitando futuros litigios.

Cómo reclamar la devolución

Los contribuyentes afectados pueden solicitar la devolución de ingresos indebidos, citando esta sentencia del Supremo como fundamento jurídico. Si la reclamación prospera, la Administración deberá abonar también intereses de demora a favor del contribuyente desde la fecha del pago indebido hasta su devolución.

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