El RETA sigue creciendo en 2025, pero de forma desigual entre comunidades, provincias y sectores. Mientras Baleares, Valencia, Málaga y Andalucía lideran la creación de empleo autónomo, sectores como comercio y transporte mantienen una tendencia negativa. Por otro lado, el emprendimiento femenino continúa ganando terreno, consolidando un panorama diverso pero esperanzador para los trabajadores por cuenta propia en España.
En España, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), más conocido como el impuesto de circulación, varía notablemente de un municipio a otro. Aunque la ley establece unos márgenes mínimos y máximos, las diferencias pueden ser abismales. Por un lado, hay localidades donde se paga el máximo permitido y otras donde la tasa se reduce al mínimo. De esta forma, se está generando un desbalance que puede superar el 900 % entre municipios.
Este desequilibrio ha dado pie a una práctica cada vez más extendida. Conductores particulares y empresas de renting o flotas están registrando sus vehículos en pueblos donde el IVTM es más bajo. En algunos casos, hay localidades con hasta 17 coches matriculados por persona.
¿Y qué se necesita para empadronarse en uno de estos pueblos “ventajosos”? Muy poco. Basta con disponer de una dirección —ya sea de una vivienda alquilada o de un conocido— para empadronarse y comenzar a matricular los vehículos desde esa localidad. Esta maniobra, completamente legal, permite a muchos conductores ahorrarse cientos o incluso miles de euros al año.
Las empresas de renting y transporte son las principales beneficiadas de esta estrategia. Al trasladar su sede fiscal a municipios con IVTM reducido, pueden ahorrar cantidades significativas cada ejercicio. En la práctica, se trata de una “mudanza fiscal”. Esta practica, aunque legal, plantea dudas éticas sobre la equidad del sistema tributario municipal.
El proceso para cambiar el domicilio fiscal de un vehículo es relativamente sencillo. Si cambias de residencia, estás obligado a actualizar el domicilio fiscal del vehículo. Este trámite se puede realizar por internet, por teléfono o presencialmente.
En la vía telemática, el procedimiento se lleva a cabo a través del registro electrónico de la Dirección General de Tráfico (DGT). Es necesario disponer de un certificado digital, DNI electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve PIN o permanente. También se puede hacer por teléfono, llamando al 060. En ambos casos se debe presentar el DNI, el permiso de conducción en vigor y rellenar la solicitud de cambio fiscal.
En definitiva, mientras no se armonicen los impuestos municipales, España seguirá albergando pequeños “paraísos fiscales” del motor. Aquí el ingenio y la picaresca)de algunos encuentra la forma de pagar menos por seguir circulando.
En FAR Asesores, tu tranquilidad es nuestra prioridad: nosotros nos ocupamos de la fiscalidad, para que tú puedas centrarte en hacer crecer tu negocio. Por último, esta noticia está elaborada a través de un articulo del medio 20 Minutos. Puedes leer la noticia completa en el siguiente enlace.



