La Inteligencia Artificial en el entorno laboral: un nuevo marco normativo

La Inteligencia Artificial (IA) ya no es una promesa futura, sino una herramienta presente en muchos entornos laborales. Su aplicación está transformando la forma en que se toman decisiones, se organizan los procesos y se gestionan los recursos humanos. Ante este nuevo escenario, algunos convenios colectivos en España han comenzado a incorporar cláusulas específicas que regulan su uso, garantizando la protección de los derechos de los trabajadores y fomentando una transición digital justa.

Aunque la Audiencia Nacional ha dictaminado recientemente que los convenios colectivos no están obligados a regular el uso de IA (Sentencia 56/2025), varias normativas ya avanzan en esta dirección. Un ejemplo destacado es el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, cuya aplicación comenzará el 2 de agosto de 2026. Este reglamento establece restricciones claras, como la prohibición del uso de IA para detectar emociones en entornos laborales, salvo en casos estrictamente médicos o de seguridad, y clasifica como “alto riesgo” ciertos usos de la IA en selección de personal, decisiones de despido o evaluación del rendimiento.

Algunos sectores se han adelantado a esta normativa. El convenio colectivo de la banca, por ejemplo, prohíbe que las decisiones laborales se basen exclusivamente en variables automatizadas.

También establece que los trabajadores tienen derecho a ser informados si se utilizan sistemas de IA para tomar decisiones que los afecten, y obliga a las empresas a formar a su personal en competencias digitales, así como a garantizar el derecho a la desconexión digital.

Otro caso relevante es el convenio colectivo general de la industria química, que regula la introducción de nuevas tecnologías cuando estas puedan alterar significativamente las condiciones laborales. Si la implementación de IA implica un proceso de adaptación de más de 30 días o cambios importantes en la organización del trabajo, se deberá realizar una evaluación de su impacto en el empleo y en la salud laboral. Además, los representantes de los trabajadores deben ser informados previamente sobre el sistema de IA a implementar.

Por su parte, el convenio colectivo del sector del comercio de alimentación de A Coruña (vigente hasta 2025) introduce medidas específicas para abordar los riesgos derivados de la digitalización.

Su artículo 47 reconoce el derecho de los trabajadores a ser informados sobre los cambios organizativos. También, las decisiones automatizadas pueden afectar a contrataciones, despidos o condiciones laborales. Además, se contempla la evaluación del estrés tecnológico y los posibles sesgos algorítmicos relacionados con edad, género o brecha digital.

La regulación de la IA en el ámbito laboral es, por tanto, un fenómeno en expansión. Aunque todavía incipiente, marca el camino hacia una digitalización más ética y transparente. La implicación de sindicatos, empresas y legisladores será clave para asegurar que el uso de estas tecnologías no solo mejore la eficiencia. También, se debe respetar los derechos fundamentales de las personas trabajadoras. La transformación digital debe unirse a la protección laboral, la formación continua y la participación activa de quienes forman parte del tejido productivo.

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