El pasado 20 de diciembre, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones presentó a audiencia pública la orden que regula las bases y normas de cotización para los autónomos de cara al año 2024.
Aunque aún está pendiente de aportaciones y ajustes por parte de las asociaciones representativas y otros agentes sociales, se espera que esté lista para el 2 de enero, fecha en la que se cerrará el periodo de alegaciones para autónomos.
Entre las novedades más destacadas se encuentra la subida del 8,6% para los autónomos adheridos al sistema de revalorización automática de bases de cotización. No obstante, la Seguridad Social se ha comprometido a eliminar este incremento. Por otro lado, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) provocará un aumento del 31,2% al 31,3% en el tipo aplicable a todas las bases, generando cuotas entre 10 y más de 50 euros anuales adicionales para los trabajadores por cuenta propia.
La orden también contempla cambios significativos en las bases de cotización, especialmente para aquellos que se rigen por el nuevo sistema de cotización por ingresos reales. Además, se registra una inesperada subida de casi 500 euros en la base máxima de cotización.
Principales cambios previstos para 2024:
1. Nueva base máxima de cotización: 4.720,5 euros
A partir del 1 de enero de 2024, la base máxima de cotización será de 4.720,50 euros mensuales, independientemente de los rendimientos netos obtenidos por los autónomos. Esto implica que ningún trabajador por cuenta propia podrá cotizar por encima de esta base ni pagar más de 1.477,52 euros al mes.
2. Subida de los tipos de cotización: del 31,2% al 31,3%
La orden no solo modifica las bases, sino también los tipos aplicables, aumentando un 0,1% para 2024 debido al incremento del MEI. Este aumento afectará a todas las bases de cotización, siendo el nuevo tipo del 31,3%.
3. Tabla de bases mínimas y máximas según beneficios
La orden establece bases mínimas y máximas para 2024, según los rendimientos previstos. La base mínima para aquellos que ingresan menos será de 735,3 euros al mes, con una cuota mínima de 230 euros al menos. La base máxima será de 4.720,5 euros, con una cuota máxima de 1.477,52 euros al mes.
4. Cotización para autónomos colaboradores y societarios
A partir de enero, el tipo aplicable a la base de cotización será del 31,3%. Los autónomos colaboradores deberán elegir una base no inferior a 1.000 euros al mes, acreditando más de 90 días de actividad. Esta condición es similar para los societarios.
5. Cotización para autónomos de venta ambulante
Los autónomos de venta ambulante podrán elegir una base que sea el 77% de la mínima general, con una cuota de 177,14 euros al mes. Además, los socios trabajadores de cooperativas dedicados a esta actividad tendrán derecho a una reducción del 50% de la cuota.
6. Devoluciones para autónomos en pluriactividad
La orden fija devoluciones para autónomos en pluriactividad en 2024, permitiéndoles optar a un reintegro del 50% del exceso en sus cotizaciones por contingencias comunes, con un tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial.
Aunque la orden está sujeta a ajustes, estos cambios anticipan ajustes significativos en las cotizaciones de los autónomos para el próximo año. Mantente informado y consulta a un asesor fiscal para comprender mejor cómo estas modificaciones pueden afectar tu situación específica.
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